Para obtener una licencia turística en Cataluña, debes seguir estos pasos:
- Presentar una declaración responsable en un modelo estandarizado.
- Que tu vivienda esté homologada en el registro VUT (Viviendas de uso turístico).
- Que cuentes con licencia de apertura, la cual te será otorgada por el gobierno municipal luego de verificar que se cumplen todos los requisitos. En Cataluña, los municipios tienen su propia normativa.
- Si quieres alquilar tu propiedad en Barcelona para uso vacacional, primero tendrás que consultar los requisitos de PEUAT. PEUAT es la ley que rige las licencias turísticas en Barcelona. De hecho, hay zonas de la ciudad donde ya no se permite la concesión de licencias.
Una vivienda de uso turístico es aquella que es ofrecida, entera, por su propietario, directa o indirectamente, a terceros, a cambio de un precio, por períodos de tiempo iguales o inferiores a 31 días. Tiene que estar legalizada por el ayuntamiento correspondiente.
Es el propietario de la vivienda, quien tiene que obtener la correspondiente habilitación municipal, aunque su comercialización y gestión se puede encargar a una tercera persona (intermediario o gestor).
¿Qué condiciones tiene que tener una vivienda para poder ser legalizada como VUT?
- Tiene que disponer de cédula de habitabilidad, como cualquier otra vivienda, y no puede ser ocupada con más plazas que las indicadas en la cédula.
- Tiene que satisfacer, en todo momento, las condiciones técnicas y de calidad exigibles a las viviendas en general.
- Tiene que estar suficientemente amueblada y dotada de los aparatos y utensilios necesarios para su ocupación inmediata, y en perfecto estado de higiene.
¿Qué hay que hacer para legalizar una vivienda de uso turístico?
Se tiene que poner en conocimiento, del ayuntamiento correspondiente, el inicio de la actividad mediante la presentación de una declaración responsable, en la que se tiene que declarar:
- Los datos de identificación de la vivienda y de su titular.
- Que dispone de la cédula de habitabilidad.
- Que cumple los requisitos establecidos por la normativa vigente, y que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia del ejercicio de la actividad.
¿Cuándo se puede iniciar la actividad de vivienda de uso turístico?
Desde el momento en que el propietario presenta la declaración responsable bien ante el ayuntamiento competente o bien ante la Ventanilla Única Empresarial (VUE). Una vez legalizada la vivienda, el ayuntamiento lo notifica al Registro de Turismo de Cataluña (RTC) el cual le asigna un número de inscripción (NIRC) que se le comunica al propietario. Este número tiene que constar en todo tipo de publicidad donde se comercialice la vivienda.
En el caso de que se haya legalizado la vivienda ante el ayuntamiento, y todavía no se disponga del número de inscripción mencionado, se tendrá que hacer constar, como mínimo, la referencia de la comunicación municipal que será sustituida por el NIRC una vez que este sea notificado al propietario.
¿Qué obligaciones tiene el titular de una vivienda de uso turístico?
- Facilitar al ayuntamiento, a los usuarios y a los vecinos un teléfono para atender y resolver de manera inmediata consultas e incidencias relativas a la actividad de vivienda de uso turístico.
- Garantizar un servicio de asistencia y mantenimiento de la vivienda.
- Requerir al cesionario para que abandone la vivienda, en el caso de que no respete las reglas básicas de la convivencia o incumpla las ordenanzas municipales dictadas a este efecto.
- Remitir a la Dirección General de la Policía la información relativa a la estancia de las personas que se alojen, de acuerdo con la normativa de seguridad ciudadana
- Recaudar el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos. Esto significa que el usuario de la vivienda de uso turístico está obligado al pago de este impuesto, que se realiza al final de la estancia, con la entrega previa de la factura por parte del propietario, quien tendrá que presentar, en su momento, la liquidación ante la Agencia Tributaria de Cataluña.
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